Actualización medidas Covid-19
Actualización de COVID19 a partir del 1 de marzo
Certificado acreditación desplazamiento al trabajo (Covid-19) SALVOCONDUCTO 2
DECRETO 2/2021, de 24 de enero, del president de la Generalitat, por el que se limita la permanencia de grupos de personas en espacios públicos y privados, se prorroga la medida de restricción de la entrada y la/ salida de personas del territorio de la Comunitat Valenciana y se limita, durante los fines de semana y los días festivos, la entrada y la salida de los municipios y grupos de municipios con población superior a 50.000 habitantes.
salvoconducto 2
Pueden pinchar sobre el enlace para bajarse el certificado de acreditación del desplazamiento de ida o vuelta del trabajador al centro de trabajo de la empresa.
Un saludo,
Assetmo/Assessoria
AYUDAS PLAN RESISTIR
Límites en la entrada y salida ciudades C. Valenciana
Cambios mercantiles (y en el IS) en los plazos por el Covid-19
En realidad los cambios en el Impuesto sobre Sociedades 2019 vienen motivados por las modificaciones mercantiles en los plazos de formulación y aprobación de cuentas anuales aprobados por el Real Decreto-ley 8/2020, modificado posteriormente por el Real Decreto-ley 19/2020. Se trata de que el plazo para formular las cuentas anuales que no hubiera terminado cuando se declaró el estado de alarma finaliza el 31 de agosto próximo y, en esas entidades, el plazo de aprobación por la Junta General de las cuentas del ejercicio terminará el 31 de octubre. Hasta un més después se podrán depositar dichas cuentas en el Registro Mercantil correspondiente.
Respecto al Impuesto sobre Sociedades, la solución ha sido no alterar el plazo para autoliquidar el impuesto, por lo que seguirá siendo el 25 días naturales siguientes a los 6 meses posteriores a la conclusión del periodo impositivo. Este año será el 27 porque el 25 y 26 son días inhábiles. Pero si al fin de ese plazo la entidad no hubiera aprobado las cuentas, esa declaración se realizará con la contabilidad disponible llevada de acuerdo al Código de Comercio.
En caso de que las cuentas aprobadas fueran diferentes a las utilizadas en la declaración, la entidad presentará una nueva, hasta el 30 de noviembre de 2020 como máximo.
Un saludo,
Rrey
Medidas de seguridad (covid-19)
Nos están llegando consultas sobre qué MEDIDAS DE SEGURIDAD adoptar en nuestro negocio.
Cada actividad tendrá su casuística, pero en general y aplicando el sentido común, les respondemos:
Cualquier actividad permitida deberá desarrollarse en condiciones de seguridad, Autoprotección y distanciamiento social.
El uso de las mascarillas fuera del hogar es conveniente y altamente recomendable cuando no pueda garantizarse el distanciamiento social.
Igualmente, se deberá facilitar la disponibilidad y el acceso a soluciones hidroalcohólicas para practicar una higiene de manos frecuente.
Todos los locales y demás establecimientos, así como su equipamiento, de las actividades permitidas deberán ser periódicamente desinfectados e higienizados.
Resumen:
Utilización de MASCARILLAS y GUANTES, DISTANCIAMIENTO SOCIAL (2 m.), disposición SOLUCIONES HIDROALCÓLICAS, desinfección periódica de los locales y utilización, en cualquier caso, colocación de MAMPARAS de protección.
Un saludo,
R. Rey
Directrices de buenas prácticas en los centros de trabajo.
Cronología Fases Desescalada
Anexo_II_FASES_FINAL
El Gobierno ha difundido este martes cuatro documentos en los que pretende aclarar cómo será el tránsito hacia la nueva normalidad. Estos són:
Plan de transición a la nueva normalidad
Indicadores que justificarán el paso de una fase a otra
Las 4 fases: el levantamiento de las limitaciones
Cronograma de la desescalada
Medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo
Por cortesía de: Consejo General Economistas.
Es un RD-Ley con un conjunto de medidas económicas y sociales que complementan a medidas anteriormente publicadas y tiene como objeto incrementar el apoyo y protección a trabajadores y empresas.
Se compone de un preámbulo, cinco capítulos, veintiséis artículos, quince Disposiciones Adicionales, cinco Disposiciones Transitorias, trece Disposiciones Finales y un anexo y entrará en vigor, mañana 23 de abril (al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado).
A continuación, destacamos las principales medidas de interés en los siguientes ámbitos: |
- Administración concursal (acceso aquí)
- Financiero (acceso aquí)
- Fiscal (acceso aquí)
- Laboral (acceso aquí)
Desde el Consejo General de Economistas de España seguimos teletrabajando para la prestación de servicios a nuestro colectivo. Quedamos a vuestra disposición para cualquier aclaración que pudierais necesitar y os deseamos que vosotros y vuestros seres queridos os encontréis bien.
Consejo General de Economistas