Según El Ministerio de Trabajo la paralización de la actividad laboral en un centro de trabajo debería adoptarse si existe un peligro «grave, inminente e inevitable» de contagio del coronavirus, y ha aclarado que la interpretación de la situación de riesgo debe ser «restrictiva».
«Sin embargo, y en cuanto a la inmediatez del riesgo, la mera suposición o la alarma social generada no son suficientes para entender cumplidos los requisitos de norma, debiendo realizarse una valoración carente de apreciaciones subjetivas…
Según consta en la GUÍA PARA LA ACTUACIÓN EN EL ÁMBITO LABORAL EN RELACIÓN AL NUEVO CORONAVIRUS.
En ella se dice:
Que las empresas podrán recurrir al teletrabajo o al expediente de regulación temporal de empleo (ERTE).
Entiendo que si una empresa cierra el centro de trabajo «a las bravas», digámoslo a sí, es decir, sin solicitar el ERTE, la empresa deberá hacerse cargo de su salario.
Será necesaria la aprobación por la autoridad laboral que el ERTE sea considerado por «fuerza mayor» (aislamiento forzoso o cierre por decisión de la autoridad sanitaria)
La empresa debe adoptar las medidas que indiquen los servicios de prevención, de acuerdo con la evaluación de riesgos, informando de las medidas higiénicas y proporcionando los productos y elementos adecuados para seguirlas.
El Gobierno aplaza al martes las medidas para agilizar los despidos temporales y ayudas a familias afectadas
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La AEAT informa sobre el Cierre de Oficinas para atención presencial | |
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